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V1729-25 23 de septiembre de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · exención por reinversión

No se puede aplicar la exención por reinversión si la vivienda vendida no es la habitual ni lo fue en los dos años previos

El consultante pregunta si puede aplicar la exención por reinversión tras vender una vivienda en la que volvió a residir tras un traslado laboral, pero sin cumplir el plazo de tres años. La DGT responde que no es posible porque la vivienda no califica como habitual en el momento de la venta ni en los dos años anteriores.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si puede aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual teniendo en cuenta su traslado laboral en el año 2021.

El criterio de la DGT

Para aplicar la exención, la vivienda transmitida debe ser la vivienda habitual en el momento de la venta o haberlo sido en cualquier día de los dos años anteriores. La vivienda habitual requiere una residencia continuada de al menos tres años, salvo que concurran circunstancias como el traslado laboral que permitan su calificación antes de dicho plazo. En este caso, al haber dejado de residir en la vivienda en 2021 y venderla en 2024, no se cumple el requisito de habitualidad ni en la fecha de transmisión ni en el periodo de dos años previos.

Implicaciones prácticas

  • La pérdida de la condición de vivienda habitual impide el acceso a la exención por reinversión.
  • El intervalo de tiempo entre el cese de residencia y la venta debe ser inferior a dos años para mantener el derecho.
  • El traslado laboral no convalida la habitualidad si la vivienda deja de ser residencia efectiva antes del plazo legal.

Puntos de planificación

  • Valorar el impacto fiscal de la venta de inmuebles que han dejado de ser residencia habitual.
  • Analizar la temporalidad entre el traslado de residencia y la transmisión del inmueble previo.

Checklist

  • Verificar si la vivienda transmitida es la residencia habitual en la fecha de la venta.
  • Comprobar si la vivienda ha sido residencia habitual en cualquiera de los dos años anteriores a la venta.
  • Confirmar que la residencia en el inmueble ha sido continuada durante al menos tres años.
  • Evaluar si el traslado laboral justifica la calificación de vivienda habitual antes del plazo de tres años.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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