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V1615-25 15 de septiembre de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · ganancia patrimonial

La ganancia o pérdida por venta de inmueble en moneda extranjera se calcula convirtiendo la diferencia a euros

Un residente fiscal en España pregunta cómo calcular la variación patrimonial de un piso comprado y vendido en dólares. La DGT responde que se debe calcular la diferencia entre el valor de adquisición y transmisión en dólares y luego convertir ese resultado a euros al tipo de cambio de la fecha de la operación.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si, para calcular la variación patrimonial derivada de la venta del piso, debe determinar, por un lado, el precio y los gastos de compra en euros, aplicando, para ello, el tipo de cambio dólar/euro del día de la operación (agosto del año 2000) y, por otro lado, determinar el precio y los gastos de venta en euros.

El criterio de la DGT

Cuando la compra y venta de un inmueble se realizan en moneda extranjera, se debe calcular la ganancia o pérdida patrimonial en la moneda original (dólares) y convertir la diferencia resultante a euros utilizando el tipo de cambio vigente en la fecha de la alteración patrimonial. Si posteriormente se convierten esos dólares a euros, la diferencia de cambio generada constituirá otra ganancia o pérdida patrimonial en el momento del cambio efectivo.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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