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V1197-25 2 de julio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · herencia yacente

Los alquileres de una vivienda en herencia yacente se atribuyen a los herederos como rendimientos del capital inmobiliario

Se consulta cómo tributan los ingresos por alquiler de un inmueble que pertenece a una herencia yacente. La DGT responde que la herencia no es contribuyente y los ingresos se atribuyen a los herederos como rendimientos del capital inmobiliario.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Tributación en el IRPF de los rendimientos del alquiler.

El criterio de la DGT

Las herencias yacentes no son contribuyentes del IRPF, sino agrupaciones a las que se atribuyen las rentas. Los rendimientos del arrendamiento de inmuebles se consideran del capital inmobiliario si no se realiza como actividad económica. Dichas rentas se atribuirán a los herederos según las normas o pactos aplicables o, en su defecto, por partes iguales.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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