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V1967-25 16 de octubre de 2025 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Criterio vigente
Sucesiones y Donaciones · hecho imponible

La adjudicación definitiva de la herencia mediante escritura pública no genera excesos de adjudicación ni otros hechos imponibles del ISD

Se consulta si el reparto de dinero de una cuenta bancaria tras el fallecimiento de la madre constituye una donación o un exceso de adjudicación. La DGT responde que la adjudicación definitiva mediante escritura pública se entiende realizada sin excesos de adjudicación.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si las transferencias descritas se consideran donaciones. Si hay excesos de adjudicación en alguno de los herederos.

El criterio de la DGT

La adjudicación definitiva que se realice mediante escritura pública se entenderá realizada sin excesos de adjudicación, por lo que no da lugar a otros hechos imponibles del ISD. Los movimientos realizados sobre la herencia yacente desde el fallecimiento hasta la aceptación se consideran provisionales. El tratamiento tributario depende de la regulación civil de la aceptación y repudiación de la herencia.

Implicaciones prácticas

  • La formalización de la adjudicación por escritura pública elimina la calificación de excesos de adjudicación en el ISD.
  • Los movimientos de bienes durante la fase de herencia yacente se califican como provisionales.
  • La naturaleza tributaria de las transferencias depende de la normativa civil aplicada a la aceptación o repudiación.

Puntos de planificación

  • Valorar el momento de formalización de la escritura pública para evitar la calificación de donaciones.
  • Analizar la regulación civil aplicable a la aceptación de la herencia para determinar el tratamiento fiscal.

Checklist

  • Verificar si la adjudicación se ha formalizado mediante escritura pública.
  • Comprobar si los movimientos de fondos se realizaron en fase de herencia yacente.
  • Confirmar la normativa civil aplicable al proceso de aceptación de la herencia.
  • Contrastar si los repartos de dinero previos a la escritura pueden calificarse como donaciones.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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