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V1744-25 24 de septiembre de 2025 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Criterio vigente
Sucesiones y Donaciones · herencia yacente

No existe obligación de presentar el Impuesto de Sucesiones mientras no se acepte la herencia

El consultante pregunta si debe presentar el Impuesto de Sucesiones mientras la herencia es yacente y no ha aceptado la misma. La DGT responde que no hay obligación de presentar el impuesto hasta que se produzca la aceptación, ya sea expresa o tácita.

La cuestión planteada

Cuestión planteada - Si mientras la herencia está yacente existe obligación de presentar el Impuesto de Sucesiones.

El criterio de la DGT

No existe obligación de presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) mientras no se acepte la herencia, pues solo hay adquisición en caso de aceptación. No obstante, dado que la aceptación retrotrae sus efectos a la fecha del fallecimiento, si esta se realiza tras finalizar los plazos reglamentarios, la presentación se considerará fuera de plazo. La presentación del impuesto no supone por sí misma la aceptación de la herencia.

Implicaciones prácticas

  • La obligación de liquidar el impuesto nace únicamente con la aceptación expresa o tácita de la herencia.
  • La aceptación de la herencia tiene efectos retroactivos a la fecha del fallecimiento.
  • Si la aceptación ocurre después de los plazos legales, la presentación del impuesto se considerará fuera de plazo.
  • La presentación de la autoliquidación no constituye un acto de aceptación de la herencia.

Puntos de planificación

  • Valorar el momento de la aceptación para evitar la presentación extemporánea.
  • Analizar la naturaleza de los actos realizados para determinar si existe aceptación tácita.

Checklist

  • Verificar si se ha producido aceptación expresa o tácita de la herencia.
  • Comprobar la fecha de fallecimiento para calcular el plazo de presentación tras la aceptación.
  • Confirmar que la presentación del impuesto no se utiliza como medio de aceptación.
  • Evaluar si existen actos que puedan derivar en una aceptación tácita antes de la liquidación.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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