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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre variación patrimonial

60 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «variación patrimonial», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 50 consultas · 2015–2026

Criterio vigente

Las variaciones patrimoniales se producen por cualquier incremento o disminución del valor del patrimonio, como ocurre con la percepción de subvenciones, ayudas o indemnizaciones. Estas variaciones se integran en la base imponible general al no derivar de una transmisión de elementos patrimoniales. En el caso de pérdidas por estafa, estas solo son deducibles si no son injustificadas y se acreditan con medios de prueba admitidos en Derecho.

La posición de la DGT se mantiene constante en la definición de variación patrimonial como cualquier alteración del valor del patrimonio. A lo largo de las consultas, se ha mantenido la integración en la base general para conceptos no vinculados a transmisiones. La doctrina reciente añade la necesidad de acreditar la pérdida en casos de estafa para evitar su carácter injustificado.

Puntos de inflexión

  1. V5387-26

    Establece que la pérdida por estafa requiere acreditar que no es injustificada mediante medios de prueba admitidos en Derecho para tener incidencia en el IRPF.

Análisis basado en 49 de 50 consultas con criterio disponible. Actualizado 20 de septiembre de 2026.

60 consultas

V1142-20 29 abr 2020

La ayuda al alquiler recibida se integra como ganancia patrimonial en el IRPF

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
ganancia patrimonialbase imponible generalayudas públicasimputación temporalvariación patrimonial LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 14.2 c)LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 33.1
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