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V0889-25 23 de mayo de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · indemnización por responsabilidad civil

La indemnización por responsabilidad civil por la pérdida de un inmueble tributa como ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF

La consultante pregunta cómo tributar una indemnización de 63.000 euros recibida tras un proceso judicial por la apropiación de un inmueble heredado. La DGT determina que, al no haber una transmisión del bien, la cantidad constituye una ganancia o pérdida patrimonial que debe integrarse en la base imponible general.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Tributación de la indemnización de 63.000 euros percibida por la consultante.

El criterio de la DGT

La indemnización por responsabilidad civil recibida ante la desaparición de un inmueble del patrimonio constituye una variación patrimonial según el artículo 33.1 de la Ley 35/2006. Se computará como ganancia o pérdida patrimonial la diferencia entre la cantidad percibida y la parte proporcional del valor de adquisición del bien afectado. Al no existir una transmisión de elementos patrimoniales, esta variación se integra en la base imponible general del IRPF.

Implicaciones prácticas

  • La indemnización percibida debe integrarse en la base imponible general del IRPF.
  • El cálculo de la ganancia o pérdida requiere determinar la parte proporcional del valor de adquisición del inmueble perdido.
  • La percepción de la indemnización no se trata como una ganancia patrimonial derivada de una transmisión, sino como una variación patrimonial.

Ejemplo

La ganancia patrimonial se obtiene restando la parte proporcional del valor de adquisición de los 63.000 euros percibidos.

Puntos de planificación

  • Valoración del impacto de la integración en la base imponible general sobre el tipo impositivo aplicable.
  • Determinación precisa del valor de adquisición del inmueble para el cálculo de la variación patrimonial.

Checklist

  • Identificar el valor de adquisición del inmueble objeto de la indemnización.
  • Calcular la parte proporcional del valor de adquisición que corresponde al bien desaparecido.
  • Restar dicha parte proporcional de la indemnización de 63.000 euros.
  • Integrar el resultado en la base imponible general del IRPF.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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