Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Los intereses de demora con carácter indemnizatorio tributan como ganancias patrimoniales en la base imponible del ahorro. En casos de rendimientos del trabajo percibidos por resolución, la autoliquidación complementaria del ejercicio correspondiente no conlleva intereses de demora. Por el contrario, el incumplimiento de requisitos para deducciones o exenciones obliga a la regularización de la cuota más los intereses de demora correspondientes.
La DGT mantiene una posición constante al calificar los intereses de demora con carácter indemnizatorio como ganancias patrimoniales. No se observa una evolución doctrinal, sino la aplicación de este criterio a distintos supuestos: desde el incumplimiento de deducciones por inversión hasta la percepción de rendimientos del trabajo o la descalificación de viviendas.
Análisis basado en 53 de 53 consultas con criterio disponible. Actualizado 18 de septiembre de 2026.