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V1328-25 15 de julio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · rentas exentas

La indemnización por daños personales y sus intereses por retraso en el pago están exentos en el IRPF

Una persona consulta si la indemnización judicial por vulneración de su libertad sindical y los intereses por mora están exentos de IRPF. La DGT responde que tanto la indemnización como los intereses están exentos al tratarse de responsabilidad civil por daños personales.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Tributación de la indemnización percibida por la consultante en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El criterio de la DGT

Las indemnizaciones por responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida, son rentas exentas según el artículo 7.d) de la Ley del IRPF. Los intereses indemnizatorios por el retraso en el pago de una indemnización exenta también se encuentran amparados por dicha exención. En este caso, la cuantía reconocida judicialmente por sentencia cumple los requisitos para la exención.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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