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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre cesión de uso

138 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «cesión de uso», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio matizado Confianza alta 49 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

La cesión de uso de viviendas amuebladas con servicios de limpieza periódica y comedor tributa al tipo reducido del 10%. Si la vivienda se entrega sin amueblar, la cesión está sujeta pero exenta. El servicio de comedor se trata como una prestación independiente, mientras que la limpieza quincenal se considera accesoria a la cesión de uso.

La posición de la DGT ha pasado de tratar la cesión de espacios en ferias o despachos como prestaciones únicas o de localización específica, a definir la naturaleza del IVA según los elementos incluidos en la cesión de viviendas. Se ha precisado la distinción entre servicios accesorios y prestaciones independientes en el ámbito de la cesión de uso de inmuebles.

Puntos de inflexión

  1. V5415-26

    Establece la distinción entre la cesión de vivienda amueblada con servicios (10% IVA) y la vivienda sin amueblar (exenta). Define la limpieza como accesoria y el comedor como prestación independiente.

Análisis basado en 49 de 49 consultas con criterio disponible. Actualizado 20 de septiembre de 2026.

138 consultas

V2827-15 29 sept 2015

La cesión de un derecho de uso de un local está sujeta al IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
derecho de usoprestación de servicioscesión de usoempresarioexplotación de bienes LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 4.1LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 5.1.c)
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