Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La cesión de uso de viviendas amuebladas con servicios de limpieza periódica y comedor tributa al tipo reducido del 10%. Si la vivienda se entrega sin amueblar, la cesión está sujeta pero exenta. El servicio de comedor se trata como una prestación independiente, mientras que la limpieza quincenal se considera accesoria a la cesión de uso.
La posición de la DGT ha pasado de tratar la cesión de espacios en ferias o despachos como prestaciones únicas o de localización específica, a definir la naturaleza del IVA según los elementos incluidos en la cesión de viviendas. Se ha precisado la distinción entre servicios accesorios y prestaciones independientes en el ámbito de la cesión de uso de inmuebles.
Puntos de inflexión
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Establece la distinción entre la cesión de vivienda amueblada con servicios (10% IVA) y la vivienda sin amueblar (exenta). Define la limpieza como accesoria y el comedor como prestación independiente.
Análisis basado en 49 de 49 consultas con criterio disponible. Actualizado 20 de septiembre de 2026.