Un consultor autónomo pregunta si puede deducir el coste de un máster ejecutivo como gasto de formación en su actividad. La DGT indica que la deducibilidad está condicionada a que se acredite la correlación del gasto con los ingresos y a su correcta justificación documental.
Cuestión planteada Determinar la deducibilidad del coste del máster que realiza el consultante en concepto de gastos de formación, a los efectos de determinar su rendimiento neto de actividades económicas.
Para que el gasto del máster sea deducible en el rendimiento neto de la actividad económica, debe cumplir el principio de correlación con los ingresos. La comprobación de dicha vinculación es una cuestión de hecho que deben valorar los órganos de gestión e inspección. Además, el gasto debe estar justificado con factura original o simplificada y registrado en los libros obligatorios del contribuyente.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.