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V2342-25 3 de diciembre de 2025 · SG de Fiscalidad Internacional Criterio vigente
IRNR · No Residentes · rendimientos del trabajo

No hay obligación de declarar en el IRNR las rentas de un trabajo realizado íntegramente en el extranjero

Un residente fiscal en Malasia consulta si debe presentar el modelo 210 por rendimientos de un trabajo por cuenta ajena realizado para una empresa malasia sin presencia en España. La DGT responde que, al no entenderse obtenidas las rentas en territorio español, no existe obligación de declaración.

La cuestión planteada

Cuestión planteada

El criterio de la DGT

Las retribuciones del trabajo no se consideran obtenidas en territorio español si no derivan de una actividad personal desarrollada en España, ni son retribuciones públicas o remuneraciones de entidades residentes en España bajo los supuestos del artículo 13.1.c) del TRLIRNR. Al no considerarse rentas obtenidas en España, no quedan sujetas al IRNR ni a la obligación de presentar la declaración mediante el modelo 210.

Implicaciones prácticas

  • Exención de la obligación de presentar el modelo 210 para rentas de trabajo realizadas íntegramente en el extranjero.
  • Inexistencia de obligación tributaria en el IRNR cuando la actividad personal no se desarrolla en territorio español.
  • Ausencia de sujeción al impuesto si la entidad pagadora no es residente en España ni se cumplen los supuestos del art. 13.1.c) del TRLIRNR.

Puntos de planificación

  • Verificar la ubicación física donde se desarrolla la actividad laboral para determinar la residencia de la renta.
  • Analizar la residencia fiscal de la entidad pagadora y su relación con el territorio español.
  • Evaluar la aplicación de los supuestos del artículo 13.1.c) del TRLIRNR en la relación laboral.

Checklist

  • Confirmar que la actividad personal se desarrolla exclusivamente fuera de España.
  • Comprobar que la entidad pagadora no tiene residencia fiscal en España.
  • Verificar que no se trata de retribuciones públicas o remuneraciones bajo el supuesto del art. 13.1.c) del TRLIRNR.
  • Asegurar que la renta no deriva de una actividad profesional desarrollada en territorio español.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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