Un residente fiscal en Malasia consulta si debe presentar el modelo 210 por rendimientos de un trabajo por cuenta ajena realizado para una empresa malasia sin presencia en España. La DGT responde que, al no entenderse obtenidas las rentas en territorio español, no existe obligación de declaración.
Cuestión planteada
Las retribuciones del trabajo no se consideran obtenidas en territorio español si no derivan de una actividad personal desarrollada en España, ni son retribuciones públicas o remuneraciones de entidades residentes en España bajo los supuestos del artículo 13.1.c) del TRLIRNR. Al no considerarse rentas obtenidas en España, no quedan sujetas al IRNR ni a la obligación de presentar la declaración mediante el modelo 210.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.