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V2199-25 17 de noviembre de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · régimen especial de tributación

La deducción por eficiencia energética no es aplicable bajo el régimen especial del artículo 93 LIRPF

Un contribuyente que regresó a España y optó por el régimen especial de la Ley del IRPF pregunta si puede aplicar la deducción por obras de eficiencia energética en su vivienda. La DGT responde que no es posible aplicar dicha deducción bajo este régimen de tributación.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Teniendo en cuenta que tributa por dicho régimen especial, conocer si puede aplicar la deducción por obras de eficiencia energética, prevista en la disposición adicional 50ª de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El criterio de la DGT

La aplicación del régimen especial del artículo 93 de la LIRPF implica determinar la deuda tributaria conforme a las normas del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con ciertas especialidades. Según el artículo 114 del RIRPF, la cuota diferencial solo permite deducir las cantidades del artículo 26 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Por tanto, la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas de la disposición adicional 50ª de la LIRPF no resulta aplicable a estos contribuyentes.

Implicaciones prácticas

  • Los contribuyentes acogidos al régimen especial del artículo 93 LIRPF no pueden aplicar deducciones por eficiencia energética.
  • La determinación de la cuota diferencial para estos sujetos se limita exclusivamente a las deducciones previstas en la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
  • La exclusión de la disposición adicional 50ª de la LIRPF es consecuencia directa de la aplicación de las normas del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Puntos de planificación

  • Valorar la conveniencia del régimen especial del artículo 93 LIRPF frente a la pérdida de deducciones específicas de la LIRPF.
  • Analizar el impacto de la imposibilidad de aplicar deducciones por eficiencia energética en la carga fiscal total.

Checklist

  • Verificar si el contribuyente tributa bajo el régimen especial del artículo 93 LIRPF.
  • Comprobar si la deducción pretendida se encuentra en el artículo 26 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
  • Confirmar que la deducción por eficiencia energética de la disposición adicional 50ª de la LIRPF no se incluye en la cuota diferencial permitida.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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