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V1709-25 19 de septiembre de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · deducción por inversión en vivienda habitual

Requisitos para aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual tras la supresión de 2013

El consultante pregunta si puede empezar a aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual tras haber adquirido su vivienda en 2011 sin haberla usado nunca. La DGT responde que, por regla general, para acceder al régimen transitorio es obligatorio haber practicado la deducción en un periodo anterior a 2013.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Saber si puede comenzar a practicar ahora dicha deducción.

El criterio de la DGT

Para aplicar la deducción bajo la Disposición Transitoria 18ª de la LIRPF, el contribuyente debe haber practicado la deducción por las cantidades satisfechas en un periodo anterior al 1 de enero de 2013. Según el criterio del TEAC, solo podrán aplicarla quienes no la usaron antes de 2013 por no estar obligados a declarar o por no tener cuota íntegra. No podrán aplicarla quienes, estando obligados a declarar, no la practicaron a pesar de tener cuota íntegra.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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