La consultante pregunta si puede aplicar en el siguiente periodo impositivo la parte de la deducción por inversión en vivienda habitual que no pudo aprovechar en 2024 por no tener cuota íntegra suficiente. La DGT responde que la normativa no permite deducirse en ejercicios futuros las cantidades no deducidas por este motivo.
Cuestión planteada Si es posible deducirse las cantidades que exceden de la cuota íntegra en el período impositivo siguiente.
La normativa no prevé la posibilidad de deducirse en ejercicios posteriores las cantidades satisfechas y no deducidas por insuficiencia de cuota íntegra. Aunque existe un régimen transitorio para quienes adquirieron su vivienda antes de 2013, este no permite compensar el exceso de deducción no aplicado en años anteriores.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.