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V1346-25 16 de julio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · exención por reinversión

No se puede aplicar la exención por reinversión si la vivienda vendida no es la habitual en el momento de la venta ni en los dos años previos

El consultante pregunta si puede aplicar la exención por reinversión tras vender una vivienda que alquiló en 2021 y comprar otra nueva en esa misma fecha. Hacienda responde que no es posible porque la vivienda que se vende dejó de ser habitual en 2021 y no cumple el requisito de serlo en el momento de la transmisión o en los dos años anteriores.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Posibilidad de acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual.

El criterio de la DGT

Para la exención por reinversión, la vivienda transmitida debe ser la vivienda habitual en el momento de la transmisión o haberlo sido en cualquier día de los dos años anteriores a la fecha de la misma. En este caso, al haber dejado de residir en la vivienda en agosto de 2021 para alquilarla, esta no tiene la consideración de vivienda habitual ni en el momento de la venta futura ni en el periodo de dos años previos. Por tanto, no resulta aplicable la exención del artículo 38.1 de la LIRPF.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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