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El consultante pregunta si la retención por el rescate de un plan de previsión asegurado debe aplicarse sobre el importe bruto sin restar la reducción del 40 por 100. Hacienda responde que, aunque la reducción sirve para calcular el tipo de retención, el porcentaje resultante se aplica sobre la totalidad de la prestación percibida.
Cuestión planteada Cálculo de la retención correspondiente a la prestación. En concreto, si la retención se practica sobre el importe bruto sin aplicación del 40 por 100 de reducción.
Las prestaciones de planes de previsión asegurados son rendimientos del trabajo. Para determinar el tipo de retención, se debe minorar la cuantía total de las retribuciones con la reducción del 40 por 100 prevista en la disposición transitoria duodécima de la LIRPF. No obstante, el tipo de retención resultante se aplicará sobre el 100 por 100 de la prestación, al ser esta la cuantía efectivamente percibida.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
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