Ir al contenido
Volver al índice
V2598-25 22 de diciembre de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · imputación temporal

Los atrasos de trienios y sexenios se imputan al periodo en que sean exigibles por el perceptor

El consultante pregunta cómo debe declarar en el IRPF los pagos atrasados de trienios y sexenios recibidos en agosto de 2025. La DGT indica que la imputación depende de cuándo sean exigibles dichos rendimientos.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Imputación temporal de los referidos atrasos en el IRPF.

El criterio de la DGT

Salvo que los pagos dependan de una resolución judicial firme, los rendimientos se imputan al periodo impositivo en que sean exigibles. En este caso, la exigibilidad se determina por la resolución administrativa que establece el pago. Si cada trienio o sexenio era exigible en años anteriores, la imputación debe realizarse en los periodos correspondientes a dichos ejercicios.

Implicaciones prácticas

  • Los atrasos de trienios y sexenios no se declaran en el año de cobro si la exigibilidad es anterior.
  • La determinación de la exigibilidad se rige por la resolución administrativa que establece el pago.
  • Se requiere la rectificación de declaraciones de periodos impositivos anteriores si los rendimientos eran exigibles en esos ejercicios.

Puntos de planificación

  • Valorar la necesidad de presentar declaraciones complementarias de ejercicios anteriores.
  • Analizar la fecha de exigibilidad de cada tramo de trienios o sexenios según la resolución administrativa.

Checklist

  • Identificar la fecha de exigibilidad de cada trienio o sexenio mediante la resolución administrativa.
  • Verificar si los pagos corresponden a periodos impositivos ya cerrados.
  • Comprobar si existe una resolución judicial firme que modifique el criterio de exigibilidad.
  • Determinar el ejercicio fiscal correspondiente a cada tramo de la cuantía percibida.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

Email
Contacto