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V1225-25 4 de julio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · pérdida patrimonial

La indemnización por daños en vivienda arrendada y las costas judiciales son pérdidas patrimoniales en el IRPF

Un contribuyente pregunta si la condena judicial al pago de desperfectos en un alquiler y las costas procesales pueden deducirse. La DGT responde que ambos conceptos constituyen pérdidas patrimoniales computables en la base imponible general.

La cuestión planteada

Cuestión planteada - Consideración como pérdida patrimonial del importe a pagar por los desperfectos.

El criterio de la DGT

La obligación de indemnizar por responsabilidad civil supone una alteración en la composición del patrimonio que genera una pérdida patrimonial. Asimismo, el pago de costas procesales fuera de una actividad económica también se considera pérdida patrimonial. Estas pérdidas deben imputarse en el período impositivo en que la sentencia judicial adquiera firmeza. Su integración se realizará en la base imponible general siguiendo los límites de compensación del artículo 48 de la Ley del IRPF.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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