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La consultante pregunta si puede aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual en su nueva vivienda adquirida en 2025. La DGT responde que no tiene derecho a dicha deducción porque la adquisición es posterior a 2012 y el derecho no es transferible de una vivienda a otra.
Cuestión planteada 1. Si puede seguir aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual en su declaración de IRPF por la parte no utilizada del préstamo anterior, considerando su participación del 50% en la nueva hipoteca constituida en la nueva vivienda.
La deducción por inversión en vivienda habitual fue suprimida con efectos desde el 1 de enero de 2013. La disposición transitoria decimoctava de la LIRPF solo permite aplicarla a quienes adquirieron su vivienda antes de esa fecha. Al ser la nueva adquisición posterior a 31 de diciembre de 2012, no es aplicable la deducción por las cantidades satisfechas. Además, el derecho a la deducción sobre una vivienda no es transferible a otra vivienda.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
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