Una trabajadora pregunta cómo declarar los atrasos de su carrera profesional percibidos en distintos años. La DGT responde que deben imputarse al ejercicio en que la resolución administrativa los hace exigibles, permitiendo la reducción por irregularidad si se cumplen los requisitos.
Cuestión planteada Imputación temporal en el IRPF
Los atrasos por carrera profesional se imputan al período impositivo en que son exigibles, determinado por la resolución administrativa de concesión. Si los atrasos se perciben en un período distinto al de su exigibilidad por circunstancias no imputables al contribuyente, se imputan al año de exigibilidad mediante autoliquidación complementaria. Al ser un período de generación superior a dos años imputado en un único ejercicio, procede la reducción del 30 por ciento, siempre que no se haya aplicado dicha reducción en los cinco períodos anteriores.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.