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V5528-26 14 septembre 2026 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
ITPAJD · transmisiones patrimoniales onerosas

Les entités résidentes en Espagne sont imposées sur les cessions de biens à l'étranger, hors immobilier ou effets hors d'Espagne

Une société ayant son siège social en Espagne mais sa direction effective au Mexique s'interroge sur l'assujettissement à l'ITPAJD pour les cessions de biens situés à l'étranger. La DGT précise que la résidence fiscale détermine l'assujettissement, sauf pour les biens immobiliers étrangers ou les cessions ayant des effets hors d'Espagne.

La question posée

Primera: Si procedería la exigencia del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, en aquellos casos en los que se realicen transmisiones patrimoniales onerosas de bienes y derechos que estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio extranjero en las que el adquirente sea la entidad consultante.

La position de la DGT

Las entidades residentes en España están sujetas al ITPAJD por transmisiones onerosas de bienes y derechos situados en el extranjero. Se excluyen las transmisiones de bienes inmuebles situados en el extranjero y aquellas que surtan efectos fuera del territorio español. En cuanto a operaciones societarias, la entidad está sujeta si tiene domicilio social en España y dirección efectiva fuera de la Unión Europea. La modalidad de actos jurídicos documentados es incompatible con la de operaciones societarias.

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