Fiscal · Autónomos 2026
Calculadora Modelo 130: Pago Fraccionado IRPF Autónomos
Calcula el importe a ingresar en el Modelo 130 (pago fraccionado trimestral del IRPF) como autónomo en estimación directa. Fórmula verificada: art. 110 RIRPF. Introduce tus datos y obtén el resultado en segundos.
Introduce los datos acumulados del ejercicio
Autónomos estimación directa · Datos acumulados desde el 1 de enero hasta el final del trimestre
Suma de todos los ingresos desde el 1 de enero (excluido IVA)
Compras, sueldos, alquileres, amortizaciones, cuota RETA, suministros, etc.
Solo informativo: los datos a introducir siempre son acumulados desde el 1 de enero
Total de Modelos 130 ingresados en trimestres anteriores de este año
Retenciones del 15 % practicadas por tus clientes en facturas (acumuladas en el año)
Cómo se calcula el Modelo 130: fórmula oficial
El art. 110 del Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007) establece la mecánica del pago fraccionado trimestral para autónomos en estimación directa:
- Rendimiento neto acumulado: ingresos íntegros de la actividad acumulados desde el 1 de enero hasta el final del trimestre, menos los gastos deducibles acumulados en ese mismo período.
- El 20 % del rendimiento neto positivo (casilla 04 del Modelo 130): si el rendimiento neto es negativo, este importe es cero. No existe ajuste por mínimos personales ni familiares en el Modelo 130 (esos ajustes se realizan en la Renta anual).
- Minoración por pagos fraccionados anteriores: total de Modelos 130 ya presentados e ingresados en el mismo año fiscal (1T, 2T y 3T si estás calculando el 4T).
- Minoración por retenciones soportadas: importe total de las retenciones del 15 % (o del 7 % en los primeros años) que los clientes te han practicado en factura, acumuladas desde el 1 de enero.
- Resultado = 20 % rendimiento neto − pagos fraccionados anteriores − retenciones soportadas. Si el resultado es positivo, ese es el importe a ingresar. Si es cero o negativo, la declaración es de cuota cero (pero igualmente obligatoria).
La clave de la acumulación trimestral es evitar calcular cada trimestre de forma aislada: siempre se trabaja con los totales desde el 1 de enero. Si en el primer trimestre tuviste pérdidas y en el segundo ya tienes beneficio, el pago del 2T se calcula sobre el rendimiento neto acumulado total (enero–junio), minorando lo ya pagado.
Plazos de presentación del Modelo 130
El Modelo 130 se presenta cuatro veces al año. La presentación es obligatoria aunque el resultado sea cero o negativo. El incumplimiento puede acarrear sanciones (art. 198 LGT: sanción de 200 € por declaración informativa, aunque en la práctica la AEAT puede calificarlo de distinta forma según el caso).
| Período que se declara | Plazo de presentación |
|---|---|
| 1T (enero–marzo) | 1–20 de abril |
| 2T (abril–junio) | 1–20 de julio |
| 3T (julio–septiembre) | 1–20 de octubre |
| 4T (octubre–diciembre) | 1–30 de enero (año siguiente) |
Fuente: AEAT — Modelo 130 · RIRPF (Real Decreto 439/2007, art. 110)
Preguntas frecuentes sobre el Modelo 130
¿Qué es el Modelo 130 y quién debe presentarlo?
¿Cómo se calcula la cuota del Modelo 130?
¿Cuáles son los plazos de presentación del Modelo 130?
¿Qué diferencia hay entre el Modelo 130 y el Modelo 131?
¿Qué ocurre si el resultado del Modelo 130 es negativo o cero?
¿Cuándo está exonerado un autónomo de presentar el Modelo 130?
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Metodología y fuentes
Esta calculadora implementa la fórmula del art. 110 del RIRPF (Real Decreto 439/2007) para el cálculo del pago fraccionado trimestral del IRPF de autónomos en estimación directa (normal y simplificada). Los datos introducidos son acumulados desde el 1 de enero hasta el fin del trimestre que se liquida.
Supuestos aplicados por esta calculadora
- Acumulación anual (no trimestral)
- El Modelo 130 opera siempre sobre datos acumulados del ejercicio (enero al fin del trimestre), no sobre los datos aislados del trimestre. El pago de trimestres previos se descuenta del resultado. Esta mecánica garantiza que la suma de los cuatro pagos fraccionados se aproxime al IRPF anual estimado.
- Resultado negativo o cero
- Si el resultado de la fórmula es cero o negativo, la calculadora muestra "Cuota cero". El autónomo no ingresa nada ese trimestre, pero está obligado a presentar el Modelo 130 dentro del plazo (declaración negativa/cero). El importe negativo no genera devolución directa; compensa en la Renta anual.
- Exoneración por retenciones (art. 110.3 RIRPF)
- Los autónomos que obtengan el 70 % o más de sus rendimientos de actividades económicas sujetos a retención (clientes que les aplican el 15 %) quedan exonerados de presentar el Modelo 130. Esta calculadora no determina la exoneración; su aplicación requiere análisis caso a caso y notificación a la AEAT.
- Estimación directa simplificada
- En estimación directa simplificada, el rendimiento neto se calcula de forma similar a la normal, pero con algunas particularidades (p. ej., amortizaciones por tablas simplificadas). Esta calculadora es válida para ambas modalidades de estimación directa al aplicar la fórmula estándar del art. 110 RIRPF.
Fuentes oficiales
- Real Decreto 439/2007 — RIRPF art. 110 (pagos fraccionados, texto consolidado)
- AEAT — Modelo 130: información e instrucciones
- BMC — Guía completa del Modelo 130 para autónomos
Última revisión: 2026-07-02
Revisado por: Bárbara Botía — Of Counsel · ICAM colegiada 11.233
Esta calculadora ofrece una estimación con fines informativos. No sustituye al asesoramiento profesional. Los resultados pueden variar en función de circunstancias personales y de cambios normativos. Para una planificación adaptada a tu caso, consulta con un asesor.
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