Qué es el visado de nómada digital
El visado de nómada digital —oficialmente la autorización de residencia para teletrabajadores de carácter internacional— fue creado por el artículo 67 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de empresas emergentes (Ley de Startups) y entró en vigor en enero de 2023. Está diseñado específicamente para ciudadanos no pertenecientes a la UE o al EEE que trabajan a distancia mediante medios digitales para empresas o clientes con sede principalmente fuera de España.
La visa cubre una laguna que dejaba a los trabajadores digitales en una situación jurídica precaria: los titulares de visados de turista estaban técnicamente prohibidos de trabajar durante su estancia en España, incluso para empleadores completamente extranjeros. El visado de nómada digital proporciona un marco legal para la residencia con trabajo remoto e incluye un incentivo fiscal significativo: el acceso a una versión modificada del régimen de Ley Beckham.
Cómo funciona en España
Dos vías de acceso
- Visado de larga duración: se tramita ante el consulado español en el país de residencia del solicitante antes de entrar en España. Tiene una validez de un año, tras la cual el titular debe convertirlo en autorización de residencia.
- Autorización de residencia: se solicita ante la Unidad de Grandes Empresas (UGE) de la Secretaría de Estado de Migraciones o en la oficina de extranjería provincial una vez que el solicitante ya se encuentra legalmente en España. La primera autorización tiene una duración de tres años.
Ambas vías son gestionadas por el Ministerio del Interior / Dirección General de Migraciones.
Requisitos para obtener la autorización
El solicitante debe acreditar:
- Nacionalidad no comunitaria (los ciudadanos UE/EEE pueden trabajar libremente en España sin visa específica)
- Relación de trabajo remoto: al menos el 80% de la actividad profesional debe realizarse a distancia para empresas o clientes establecidos fuera de España
- Umbral de ingresos: ingresos mínimos del 200% del SMI nacional. Con el SMI 2024 en 1.134 €/mes, esto equivale a aproximadamente 27.200 €/año netos
- Certificado de antecedentes penales: sin condenas en España ni en los países de residencia en los últimos cinco años
- Seguro médico: público (si procede de país con convenio) o privado con cobertura equivalente a la del sistema público español
- Alojamiento en España durante el período de vigencia de la autorización
El beneficio fiscal: Ley Beckham modificada
El elemento más atractivo para los contribuyentes de renta elevada es el acceso al Régimen Especial de Trabajadores Desplazados (Régimen de Impatriados), popularmente conocido como Ley Beckham. Bajo este régimen, el titular tributa como si fuera no residente aunque resida físicamente en España:
- Tipo fijo del 24% sobre rendimientos del trabajo o de actividades económicas hasta 600.000 €
- Tipo del 47% sobre rentas que superen los 600.000 €
- Sin obligación de declarar el patrimonio mundial en el Modelo 720 durante la vigencia del régimen
- Sin Impuesto sobre el Patrimonio sobre los activos situados fuera de España durante el régimen
- El régimen se aplica durante cinco años (el año de obtención de la residencia más los cuatro siguientes)
La solicitud debe presentarse en los seis meses siguientes a la obtención de la residencia fiscal española mediante el Modelo 149 ante la AEAT.
Marco normativo
- Ley 28/2022 (Ley de Startups), artículo 67: base legal del visado de nómada digital
- Ley Orgánica 4/2000 (LOEX) en su redacción vigente: marco de extranjería aplicable
- Real Decreto 557/2011 (Reglamento de Extranjería): normativa de desarrollo en materia de inmigración
- Ley 35/2006 (Ley del IRPF), artículo 93: régimen especial de impatriados accesible a los titulares del visado de nómada digital
- Orden HAP/2783/2015: Modelo 149 (solicitud del régimen Ley Beckham)
Comparativa con otras visas
| Característica | Visado nómada digital | Golden Visa |
|---|---|---|
| Público objetivo | Trabajadores remotos, autónomos | Inversores pasivos |
| Fuente de ingresos | Rentas del trabajo / actividad económica | Rentas del capital, rendimientos de inversión |
| Inversión mínima | Ninguna (solo umbral de ingresos) | 500.000 € en inmuebles (u opciones alternativas) |
| Régimen fiscal | Ley Beckham (tipo fijo 24%) | IRPF general (progresivo, hasta el 47%) |
| Vía a la ciudadanía | Sí (naturalización ordinaria) | Sí (aunque suprimida para nuevos solicitantes desde abril de 2025) |
Nota: España suprimió el visado de inversión inmobiliaria (Golden Visa) con efectos en abril de 2025. El visado de nómada digital sigue en vigor.
Véase también: Ley Beckham · Residencia fiscal en España · NIE