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Glosario fiscal y legal

Partnership estadounidense

Un partnership es una sociedad personalista estadounidense que, por defecto, tributa en régimen de transparencia fiscal en EE.UU.: el IRS atribuye las rentas a cada socio proporcionalmente, sin que la entidad pague impuesto de sociedades. Las formas más habituales son la LP (Limited Partnership), la LLP (Limited Liability Partnership) y la multi-member LLC con su tratamiento por defecto como partnership.

fiscal

Qué es un partnership en EE.UU.

En el derecho societario estadounidense, el término partnership abarca varias estructuras de naturaleza personalista:

  • General Partnership (GP): todos los socios responden ilimitadamente con su patrimonio personal.
  • Limited Partnership (LP): hay al menos un general partner con responsabilidad ilimitada y uno o más limited partners con responsabilidad limitada a su aportación.
  • Limited Liability Partnership (LLP): similar a la LP pero con responsabilidad limitada para todos los socios; frecuente en firmas de abogados y contables.
  • Multi-member LLC (MMLLC): por defecto, el IRS la trata como partnership a efectos fiscales, aunque jurídicamente sea una LLC.

El rasgo definitorio es que el IRS trata al partnership como entidad fiscalmente transparente: no paga corporate income tax. En su lugar, emite un Schedule K-1 a cada socio con su parte proporcional de ingresos, gastos, deducciones y créditos, y cada socio los integra en su declaración personal (Form 1040 para personas físicas).

Tratamiento en España: el test de los tres criterios

España aplica su propio análisis de calificación, independientemente de cómo clasifique el IRS la entidad. La Resolución DGT de 6 de febrero de 2020 (BOE-A-2020-2108) establece tres criterios acumulativos para que una entidad extranjera sea tratada como entidad en atribución de rentas en España:

  1. La entidad no está sometida a impuesto personal sobre la renta en su Estado de constitución.
  2. Las rentas generadas se atribuyen fiscalmente a los socios conforme a la ley del Estado de constitución.
  3. La atribución se produce por el mero hecho de obtener la renta, sin necesidad de distribución.

Un partnership estadounidense por defecto cumple los tres criterios con claridad: no paga corporate tax, el Schedule K-1 atribuye las rentas a cada socio en el ejercicio en que se generan, y esa atribución es automática e independiente de cualquier distribución de efectivo.

Si el partnership satisface el test, el socio residente en España debe incluir su cuota parte de rentas en el IRPF del ejercicio en que la entidad las obtiene (art. 87 LIRPF, Ley 35/2006), aunque no haya recibido un solo dólar. Las rentas conservan su carácter: si el partnership genera rentas de actividad económica, el socio las declara como tales; si genera dividendos de participadas, como rendimientos del capital mobiliario (art. 88 LIRPF).

Beckham y entidades transparentes extranjeras: DGT V1372-25

La consulta vinculante DGT V1372-25 (21 de julio de 2025) es especialmente relevante para el cluster Beckham + partnership. En ella, la DGT analizó la situación de un impatriado acogido al régimen especial del art. 93 LIRPF que participaba en una entidad extranjera de naturaleza transparente (en ese caso una UK LLP). La DGT concluyó que la atribución de rentas de una entidad extranjera transparente no hace perder el régimen Beckham, siempre que la entidad no opere en España ni genere renta a través de un establecimiento permanente en España. La renta atribuida se trata como renta obtenida sin mediación de establecimiento permanente y se califica según su naturaleza económica.

CDI España-EE.UU. y la cláusula Art. 1.6

El Protocolo de 2019 (BOE-A-2019-15166) introdujo el art. 1.6 en el Convenio España-EE.UU., que permite que las rentas obtenidas a través de una entidad fiscalmente transparente en EE.UU. sean reclamadas directamente por el socio beneficiario efectivo. Si la entidad es un partnership (transparente para el IRS), el socio español puede invocar el CDI como persona física residente en España — y las personas físicas califican automáticamente bajo el test LOB del art. 17 del Convenio (cláusula LOB).

Precaución: la elección check-the-box cambia el resultado

Si el partnership elige tributar como corporation vía check-the-box (Form 8832), deja de ser transparente para el IRS y el art. 1.6 del CDI ya no actúa como pasarela. En España, la DGT evaluará igualmente si la entidad cumple los tres criterios de BOE-A-2020-2108; si tras la elección la entidad paga corporate tax en EE.UU., los criterios ya no se satisfacen y se convierte en opaca también para Hacienda española.

En BMC la primera pregunta que hacemos a un cliente con un partnership americano es siempre: ¿ha habido alguna elección check-the-box? La respuesta cambia radicalmente el análisis y la obligación de declarar.

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