Un propietario consulta si debe imputar rentas inmobiliarias por una parcela urbana con una pequeña construcción de garaje/trastero. La DGT responde que no hay imputación por el suelo no edificado, pero sí por la edificación utilizando su valor catastral y la parte proporcional del suelo.
Cuestión planteada Si procede imputar rentas inmobiliarias en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En el supuesto de parcelas urbanas con construcciones no afectas a actividad económica, no procede la imputación de renta por la parte de la parcela no edificada. Para la edificación, la base de cálculo será el valor catastral de la construcción junto con la parte proporcional del suelo que le corresponda. El porcentaje aplicable dependerá de si los valores catastrales han sido revisados mediante valoración colectiva en los últimos diez períodos impositivos.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.