Una trabajadora pregunta cómo declarar los salarios de tramitación cobrados tras una sentencia de despido nulo y qué ocurre con la devolución de la prestación por desempleo. Hacienda responde que los salarios se imputan al año en que la sentencia es firme y que la devolución de la prestación afecta al ejercicio en que se declaró como ingreso.
Cuestión planteada 1. Imputación temporal de los salarios de tramitación cobrados en enero de 2025.
Los rendimientos del trabajo se imputan al periodo impositivo en que son exigibles, pero cuando la cuantía depende de una resolución judicial pendiente, se imputan al ejercicio en que la sentencia adquiere firmeza. En caso de readmisión, las prestaciones por desempleo percibidas se consideran indebidas por causa no imputable al trabajador. La devolución de dichas prestaciones no afecta al ejercicio en que se realiza el reintegro, sino al periodo en que se declararon como ingreso. Si el borrador contiene datos erróneos, el contribuyente puede instar su rectificación o presentar declaración propia.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.