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V1798-25 13 de octubre de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · atribución de rentas

Las rentas de una comunidad de bienes se atribuyen a los comuneros según sus pactos o por partes iguales

Se consulta cómo debe tributar una comunidad de bienes dedicada a la albañilería en el IRPF. La DGT aclara que estas entidades no son contribuyentes, sino que las rentas se atribuyen a los miembros según lo pactado o, en su defecto, por partes iguales.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Cómo debería tributar la comunidad de bienes en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El criterio de la DGT

Las entidades en régimen de atribución de rentas no son contribuyentes del IRPF, sino agrupaciones donde las rentas se atribuyen a los miembros con la naturaleza de la fuente que las genera. Para que los rendimientos sean de actividades económicas, la entidad debe ordenar por cuenta propia medios de producción o recursos humanos, asumiendo todos los comuneros el riesgo empresarial. La atribución de rentas se realiza según los pactos entre comuneros, siempre que consten fehacientemente ante la Administración, o por partes iguales si no se conocen dichos pactos.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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