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V1412-25 24 de julio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · ganancia patrimonial

La disolución de un condominio no genera ganancias ni pérdidas patrimoniales si la adjudicación es proporcional

Los consultantes preguntan si la disolución de un condominio sobre fincas, adjudicándose cada uno un lote proporcional en valor, tiene efectos en el IRPF. La DGT responde que no hay alteración patrimonial siempre que la adjudicación se ajuste a la cuota de titularidad.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Tributación de la operación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El criterio de la DGT

La disolución de una comunidad de bienes y la adjudicación de la participación correspondiente no constituye una alteración en la composición del patrimonio. Los bienes recibidos conservan sus valores y fechas de adquisición originarios. Solo existe alteración patrimonial si se adjudican bienes por un valor superior a la cuota de titularidad, lo que generaría una ganancia o pérdida patrimonial.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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