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V1161-25 1 de julio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · ganancia patrimonial

Los productos recibidos por realizar reseñas se tributan como ganancias patrimoniales en el IRPF (siempre que la participación sea circunstancial)

Un consultante pregunta cómo tributar los productos que recibe para evaluar en una plataforma online. La DGT determina que, al no ser una actividad profesional ni laboral, los productos se consideran rentas en especie que tributan como ganancias patrimoniales.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Tributación en el IRPF.

El criterio de la DGT

Si la participación es circunstancial y no deriva de una relación laboral o del ejercicio profesional de una actividad, la compensación recibida se califica como ganancia patrimonial según el artículo 33.1 de la Ley 35/2006. En este caso, los productos se consideran rentas en especie valorables y su integración se realiza en la base imponible general como ganancias patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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