Un contribuyente consulta si puede aplicar el mínimo por ascendientes por su madre, quien convive con él y tiene rentas bajas, aunque sus padres declaran de forma conjunta. La DGT responde que sí tiene derecho al mínimo si la madre no supera los 8.000 euros de rentas anuales y no presenta declaración con rentas superiores a 1.800 euros.
Cuestión planteada Si tiene derecho a aplicar en su declaración de IRPF, el mínimo por ascendientes por su madre.
El contribuyente tiene derecho al mínimo por ascendiente por su madre si cumple los requisitos de convivencia, edad y límites de rentas. La madre no debe haber obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales (excluidas las exentas) y no debe presentar declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros. En el caso de declaraciones conjuntas de los padres, se deben tener en cuenta los ingresos individualizados para verificar que la madre no supera el límite de 1.800 euros.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.