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V1069-25 25 de junio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · rendimientos del trabajo

Los atrasos salariales reconocidos por sentencia judicial deben imputarse al ejercicio en que la resolución sea firme

Un contribuyente consulta sobre la tributación de salarios no percibidos (CPT y conceptos derivados) reconocidos mediante sentencia judicial. La DGT determina que estos rendimientos deben imputarse al ejercicio en que la resolución adquiere firmeza y analiza la posibilidad de aplicar la reducción por irregularidad.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Tributación en el IRPF de los atrasos que resultan de la sentencia.

El criterio de la DGT

Los rendimientos del trabajo pendientes de resolución judicial sobre su cuantía o derecho deben imputarse al período impositivo en que la resolución adquiera firmeza. En este caso, la imputación corresponde al ejercicio 2024. La reducción del 30% por rendimientos con período de generación superior a dos años solo será aplicable si los atrasos comprenden ese espacio temporal y no se han aplicado reducciones similares en los cinco períodos anteriores.

Implicaciones prácticas

  • Los atrasos salariales deben declararse en el ejercicio en que la sentencia judicial sea firme.
  • La aplicación de la reducción del 30% requiere que el periodo de generación de los rendimientos supere los dos años.
  • La reducción por irregularidad es incompatible si se han aplicado beneficios similares en los cinco periodos anteriores.

Puntos de planificación

  • Valorar el impacto de la firmeza de la sentencia en la base imponible del ejercicio correspondiente.
  • Analizar el periodo de generación de los salarios para determinar la aplicabilidad de la reducción por irregularidad.
  • Comprobar la aplicación de reducciones por rendimientos irregulares en los cinco ejercicios previos.

Checklist

  • Verificar la fecha de firmeza de la resolución judicial.
  • Calcular el periodo de generación de los rendimientos del trabajo.
  • Confirmar que no se han aplicado reducciones por irregularidad en los cinco periodos anteriores.
  • Asegurar la correcta imputación al ejercicio fiscal de la firmeza de la sentencia.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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