Aller au contenu
Retour à l'index
V5590-26 16 septembre 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · exención por reinversión

La signature d'un compromis de vente ne vaut pas acquisition de logement pour l'exonération par réinvestissement

Un contribuable a demandé si la signature d'un compromis de vente dans le délai de deux ans permettait de conserver l'exonération par réinvestissement de la résidence principale. La DGT répond que l'acquisition doit être juridique et que le compromis de vente ne constitue pas la vente nécessaire pour respecter le délai.

La question posée

Cuestión planteada Si se considera que ha reinvertido dentro del plazo estipulado por haber firmado en este un contrato de arras y en caso contrario forma de regularizar su situación.

La position de la DGT

La adquisición de la vivienda debe entenderse en sentido jurídico, conforme al Código Civil, donde la entrega equivale al otorgamiento de escritura pública. El contrato de arras no es sinónimo de adquisición, ya que no transfiere el dominio por sí solo sin la tradición de la cosa. Al no producirse la adquisición dentro del plazo de dos años, se pierde el derecho a la exención. El contribuyente deberá presentar una autoliquidación complementaria del ejercicio en que obtuvo la ganancia, incluyendo intereses de demora.

Évaluation et devis gratuits