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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre rendimientos de actividades profesionales

100 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «rendimientos de actividades profesionales», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 49 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

La obligación de retención nace en el momento del abono de los rendimientos. Para que un pagador autónomo sea sujeto retenedor, debe ejercer actividad económica y el pago debe ser consecuencia de la misma. Los rendimientos por indemnizaciones por cancelación de servicios o por cesión de derechos de imagen se integran en la actividad profesional con los tipos de retención correspondientes.

La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la naturaleza de los rendimientos y el momento de la obligación de retener. A lo largo de las consultas, se han precisado supuestos específicos como la calificación de indemnizaciones, la cesión de derechos de imagen y la condición de sujeto retenedor para personas físicas que ejercen actividad económica.

Puntos de inflexión

  1. V1157-20

    Precisa que la parte de un convenio correspondiente a la cesión de derechos de imagen tributa con un tipo de retención del 24 por ciento.

  2. V3364-20

    Establece que las indemnizaciones por cancelación de servicios profesionales califican como rendimientos de actividad profesional al sustituir a los rendimientos de la actividad.

Análisis basado en 48 de 49 consultas con criterio disponible. Actualizado 19 de septiembre de 2026.

100 consultas

V1711-24 11 jul 2024

Las parroquias deben retener IRPF en las facturas de profesionales

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
obligación de retenerrendimientos de actividades profesionalespersona jurídicapago a cuentaentidad sin fines lucrativos RIRPF — RD 439/2007, Reglamento del IRPF art. 74.1RIRPF — RD 439/2007, Reglamento del IRPF art. 75.1.c)
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V2564-23 26 sept 2023

Los servicios de formación pueden estar exentos de IVA bajo requisitos específicos y tributan como actividad profesional en IRPF

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
exención de actividades educativasservicios prestados por vía electrónicarendimientos de actividades profesionalesordenación de medios de producciónretención en la fuente LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 4.unoLIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 5.uno
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V1157-20 29 abr 2020

Las aportaciones a deportistas por convenios de colaboración pueden tributar como rendimientos de actividades profesionales o por cesión de imagen

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
rendimientos de actividades profesionalescesión de derechos de imagenretencióndeportistas profesionalesexplotación de derechos de imagen RIRPF — RD 439/2007, Reglamento del IRPF art. 75.1RIRPF — RD 439/2007, Reglamento del IRPF art. 75.2.b
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V3085-19 4 nov 2019

La indemnización por clientela del agente comercial está sujeta a IVA e IRPF

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
indemnización por clientelacontrato de agenciarendimientos de actividades profesionalesautoliquidación complementariaobligación solidaria LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 75.Uno.2ºLIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 78
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V1129-17 10 may 2017

Los rendimientos de actividades empresariales no están sometidos a retención de IRPF

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
actividades empresarialesretención a cuentaimpuesto sobre actividades económicasrendimientos de actividades profesionalesempresario individual RIRPF — RD 439/2007, Reglamento del IRPF art. 75RIRPF — RD 439/2007, Reglamento del IRPF art. 95.2
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V1434-15 8 may 2015

La retención se aplica según el momento del cobro de los servicios profesionales

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
obligación de retenerrendimientos de actividades profesionalesimputación temporalsatisfacción de rentastipo de retención RIRPF — RD 439/2007, Reglamento del IRPF art. 78.1LGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89.1
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V2856-14 22 oct 2014

Las asociaciones deben practicar retención sobre los honorarios de profesionales

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
retenciónrendimientos de actividades profesionalespersona jurídicaingreso a cuentaasociación sin ánimo de lucro LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 99RIRPF — RD 439/2007, Reglamento del IRPF art. 74
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