Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Los ingresos y gastos deben imputarse al periodo de su devengo según la normativa contable. Los ingresos por aportaciones de terceros se reconocen según la prestación de servicios, tratando los cobros previos como anticipos. Los gastos se imputan cuando se reciben los servicios, independientemente de la fecha de facturación.
La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la exigencia de afectación exclusiva para suministros y vehículos. La evolución muestra un enfoque creciente en la correcta aplicación del principio de devengo y la distinción entre anticipos e ingresos según la prestación del servicio. No se observan cambios de criterio, sino una aplicación constante de los requisitos de vinculación y justificación.
Puntos de inflexión
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Precisa la imputación de ingresos por aportaciones de fabricantes, estableciendo que deben reconocerse según la prestación de servicios y no como ingresos inmediatos si son anticipos.
Análisis basado en 62 de 65 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.