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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre consumidor final

190 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «consumidor final», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 93 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

La condición de empresario o profesional exige realizar actividades de forma continuada, a título oneroso y asumiendo el riesgo y ventura. Si una entidad realiza operaciones a título gratuito o con contraprestaciones simbólicas, actúa como consumidor final. En este caso, no debe repercutir el impuesto ni emitir factura por los gastos o suministros compartidos.

La posición de la DGT se mantiene constante en la definición de consumidor final, centrada en la ausencia de actividad empresarial con riesgo y ventura. Las consultas sobre arrendamiento de vivienda y comunidades de propietarios confirman que la exención o la no deducibilidad dependen de si el sujeto actúa como empresario o simplemente como usuario final. No se observan cambios de criterio, sino una aplicación reiterada de la misma lógica.

Análisis basado en 90 de 93 consultas con criterio disponible. Actualizado 21 de septiembre de 2026.

190 consultas

V2237-25 24 nov 2025

Se puede utilizar gasóleo bonificado en motores fijos de grupos electrógenos

SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente
gasóleo bonificadomotores fijosconsumidor finaltipo impositivo reducidoimpuesto sobre hidrocarburos Ley 38/1992 de Impuestos EspecialesReal Decreto 1165/1995 del Reglamento de los Impuestos Especiales
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular

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