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V2237-25 24 de noviembre de 2025 · SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente Criterio vigente
OTRO · gasóleo bonificado

Se puede utilizar gasóleo bonificado en motores fijos de grupos electrógenos

Una empresa de eventos consulta si puede usar gasóleo con tipo impositivo reducido en los motores fijos de sus grupos electrógenos. La DGT responde que está autorizado y detalla los requisitos de acreditación como consumidor final.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Posibilidad de utilizar carburante, en los motores fijos de los grupos electrógenos de diferentes potencias, con la aplicación del tipo impositivo reducido establecido en el epígrafe 1.4 de la Tarifa 1ª del artículo 50 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, y, en su caso, requisitos que debe cumplir el consumidor para recibirlo y utilizarlo.

El criterio de la DGT

La utilización de gasóleo con el tipo establecido en el epígrafe 1.4 de la tarifa 1.ª está autorizada en todos los motores, salvo en los destinados a la propulsión de vehículos, maquinaria agrícola específica o embarcaciones. Por tanto, los motores fijos de grupos electrógenos pueden usar gasóleo bonificado. El consumidor final debe acreditar su condición ante el proveedor mediante una declaración suscrita según el modelo aprobado o mediante la inscripción en el registro de consumidores finales de la AEAT.

Implicaciones prácticas

  • Los motores fijos de grupos electrógenos califican para el uso de gasóleo con tipo impositivo reducido.
  • El consumidor debe acreditar su condición ante el proveedor mediante declaración oficial o inscripción en el registro de la AEAT.

Puntos de planificación

  • Valorar la adecuación de los motores de los grupos electrógenos a la categoría de motores fijos.
  • Evaluar el cumplimiento de los requisitos de acreditación ante los proveedores de carburante.

Checklist

  • Verificar que el motor sea de uso fijo y no destinado a la propulsión de vehículos.
  • Comprobar la inscripción en el registro de consumidores finales de la AEAT.
  • Presentar la declaración suscrita según el modelo aprobado ante el proveedor.
  • Asegurar que el uso del carburante se limite exclusivamente a motores fijos.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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