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V1007-25 12 de junio de 2025 · SG de Impuestos sobre el Consumo Criterio vigente
IVA · gestión discrecional de carteras

Los servicios de gestión de carteras a clientes fuera de la UE podrían estar sujetos al IVA si su utilización o explotación efectiva se realiza en España

Un residente en Suiza pregunta si la gestión discrecional de carteras contratada en España tributa por IVA. La DGT explica que, aunque la regla general para clientes no residentes fuera de la UE es la no sujeción, podría aplicarse el criterio de uso y explotación efectiva en territorio español.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Lugar de realización de los referidos servicios a efectos de su tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

El criterio de la DGT

Los servicios de gestión de carteras prestados a particulares fuera de la Unión Europea no están sujetos al IVA según la regla general de localización. No obstante, según el artículo 70.Dos de la Ley 37/1992, podrían considerarse realizados en España si su utilización o explotación efectivas se producen en territorio nacional. La aplicación de este criterio de uso efectivo debe analizarse caso por caso como una cuestión de hecho.

Implicaciones prácticas

  • La residencia del cliente fuera de la UE no garantiza la no sujeción al IVA.
  • La localización del servicio depende de la utilización o explotación efectiva en territorio español.
  • La determinación de la tributación requiere un análisis de hechos sobre el uso real del servicio.

Puntos de planificación

  • Valorar la ubicación real de la explotación de los beneficios derivados de la gestión de carteras.
  • Analizar la conexión entre el cliente y el territorio español para determinar el uso efectivo.

Checklist

  • Identificar el lugar donde se produce la utilización o explotación efectiva del servicio.
  • Documentar la residencia y el domicilio fiscal del cliente.
  • Verificar si el servicio tiene un uso o explotación real en España.
  • Evaluar la aplicación del artículo 70.Dos de la Ley 37/1992 según la naturaleza de la operación.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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