El consultante pregunta si debe tributar por una subvención europea para investigación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La DGT responde que no están sujetas al impuesto por ser subvenciones públicas con fines de interés general y no constituir una donación civil.
Cuestión planteada Conocer si tiene que tributar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) por la subvención recibida.
La recepción de la subvención Horizon-ERC-ADG no es una donación porque la Administración no actúa con ánimo de liberalidad ni voluntad de enriquecer al beneficiario. Al ser una subvención pública concedida para cumplir fines de interés público o social, no está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones según el artículo 3.c) del RISD. El texto también analiza la posible exención en el IRPF bajo los requisitos de becas para investigación del artículo 7.j) de la LIRPF.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.