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V2148-25 13 de noviembre de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · donación

La donación de un inmueble no está sujeta al IRPF para quien lo recibe

La consultante pregunta si la recepción de la mitad de un inmueble por donación de su madre tributa en el IRPF. La DGT responde que la adquisición de bienes por donación no está sujeta al IRPF porque tributa por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si la donación recibida está sujeta a tributación en el IRPF.

El criterio de la DGT

La adquisición de bienes por donación no se encuentra sujeta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, conforme al artículo 6.4 de la LIRPF. Esto se debe a que dicha operación está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones según el artículo 3.1 b) de la Ley 29/1987.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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