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V1778-25 3 de octubre de 2025 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Criterio vigente
Impuesto sobre Sociedades · donación

La donación de un inmueble a un Ayuntamiento está exenta de IS y permite una deducción por mecenazgo

Una empresa consultante planea donar gratuitamente un apartamento de una promoción a un Ayuntamiento. La DGT resuelve que la plusvalía generada está exenta de Impuesto sobre Sociedades y que la empresa puede aplicar una deducción por mecenazgo, aunque el gasto no es deducible.

La cuestión planteada

Cuestión planteada

El criterio de la DGT

Las plusvalías por la donación de un inmueble a un Ayuntamiento quedan exentas del Impuesto sobre Sociedades según la Ley 49/2002. La entidad tiene derecho a una deducción en la cuota íntegra del 40% de la base de la deducción, siempre que la donación sea irrevocable, pura y simple. No obstante, la donación no se considera un gasto fiscalmente deducible para la base imponible.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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