El consultante pregunta si debe declarar los bienes heredados en el ejercicio 2024 (año del fallecimiento) o en el 2025 (año de la firma de la escritura). La DGT responde que debe incluirlos en la declaración de 2024 porque la aceptación de la herencia tiene efectos retroactivos al momento de la muerte.
Cuestión planteada Si el consultante debe presentar declaración del Impuesto sobre el Patrimonio correspondiente al ejercicio 2024 por los bienes heredados o la obligación surge en el ejercicio 2025, año en que se formaliza la aceptación de la herencia.
El Impuesto sobre el Patrimonio se devenga el 31 de diciembre y afecta al patrimonio del que sea titular el sujeto pasivo en esa fecha. Según el Código Civil, los efectos de la aceptación de la herencia se retrotraen al momento de la muerte del causante. Por tanto, el heredero debe incluir los bienes heredados en su declaración del ejercicio en que se produjo el fallecimiento.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.