Se consulta la incidencia fiscal en el IRPF de una donación de dinero de padres a hijos. La DGT responde que el donante no tiene que declarar ganancia ni pérdida patrimonial y el donatario no tributa por la recepción del dinero en el IRPF.
Cuestión planteada Incidencia fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la donación de dinero de padres a hijos.
La donación de dinero no computará ganancia ni pérdida patrimonial en el donante, ya que las pérdidas por transmisiones lucrativas inter-vivos no se computan según el artículo 33.5 de la LIRPF. Para el donatario, la adquisición de dinero por donación no está sujeta al IRPF por estar sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.