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Un contribuyente pregunta si una escritura notarial que reconoce una separación de hecho ocurrida en 2024 tiene efectos fiscales retroactivos. La DGT responde que, al no existir trámite legal en 2024, debe declararse como casado, y solo podrá declararse separado legalmente si la escritura se firma en 2025.
Cuestión planteada - A partir de qué momento tendría efectos fiscales la separación reflejada en el acta notarial.
La situación civil para el IRPF se determina por la separación legal, que se produce desde la firmeza de la sentencia o el consentimiento en escritura pública. El Código Civil equipara la resolución judicial con el acuerdo ante notario. Por tanto, si en 2024 no se había iniciado ningún trámite legal, la situación civil es de casado. Solo se podrá consignar como separado legalmente si la escritura pública se firma y se remite al Registro Civil en el ejercicio correspondiente.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
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