El consultante pregunta cómo determinar el valor de adquisición de una vivienda comprada en gananciales tras la disolución del régimen. La DGT responde que la adjudicación de bienes según la cuota de titularidad no es una alteración patrimonial y no permite actualizar valores.
Cuestión planteada Valor de adquisición de la mencionada vivienda a efectos de calcular la ganancia o pérdida patrimonial.
La disolución de la sociedad de gananciales no constituye una alteración en la composición del patrimonio si la adjudicación se corresponde con la cuota de titularidad. En este caso, los bienes conservan sus valores y fechas de adquisición originarios, sin posibilidad de actualización. Solo habría alteración patrimonial si se adjudicaran bienes por un valor superior a la cuota correspondiente.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.