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El consultante pregunta si puede aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual tras vender su casa y comprar una nueva usando un préstamo familiar. La DGT responde que la deducción fue suprimida en 2013 y el régimen transitorio no se aplica a compras realizadas después de esa fecha.
Cuestión planteada Si en función de la amortización del préstamo familiar, destinado, de una u otra manera, a la adquisición de su nueva vivienda, tendrá derecho a practicar la deducción por inversión en vivienda habitual.
La deducción por inversión en vivienda habitual fue suprimida por la Ley 16/2012 con efectos desde el 1 de enero de 2013. El régimen transitorio de la Disposición transitoria decimoctava de la LIRPF solo permite la deducción a quienes adquirieron su vivienda con anterioridad a esa fecha. Al ser la adquisición posterior a 2013, no cabe la aplicación de dicha deducción.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
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