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V1276-25 10 de julio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · pérdida patrimonial

Se puede computar la pérdida por venta de acciones de Telefónica si no se adquieren valores homogéneos

El consultante pregunta si puede computar una pérdida patrimonial al vender acciones de Telefónica para comprar acciones de Repsol. La DGT responde que la pérdida es computable siempre que no se cumpla la excepción de valores homogéneos.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si podría computar la posible pérdida patrimonial obtenida con la venta de acciones de Telefónica.

El criterio de la DGT

La transmisión de acciones constituye una ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión. No se computarán como pérdidas las derivadas de transmisiones de valores admitidos a negociación cuando se hayan adquirido valores homogéneos en los dos meses anteriores o posteriores. Dado que las acciones de Telefónica y Repsol no son valores homogéneos, la pérdida obtenida por la venta de Telefónica debe computarse en el ejercicio de la transmisión.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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