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V1206-25 3 de julio de 2025 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Criterio vigente
Sucesiones y Donaciones · sucesión intestada

En sucesiones intestadas sin declaración judicial, se puede presentar una relación de presuntos herederos

El consultante pregunta si es obligatorio aportar una declaración de herederos formal ante la falta de testamento. La DGT indica que, según el Reglamento, si no hay declaración judicial, basta con presentar una relación de los presuntos herederos y su parentesco.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si resulta necesario aportar la declaración de herederos abintestato formal (notarial o judicial) como requisito para la tramitación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

El criterio de la DGT

En adquisiciones por causa de muerte, si no existe declaración judicial de herederos, se debe presentar una relación de los presuntos herederos con su parentesco con el causante. No obstante, la DGT aclara que las Comunidades Autónomas tienen competencia para regular aspectos de gestión y podrían exigir documentación específica. Por tanto, la competencia para resolver sobre la normativa de Castilla-La Mancha recae en su respectiva Agencia Tributaria.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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