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V1101-25 25 de junio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · incapacidad permanente absoluta

No se debe incluir como rendimiento del trabajo la pensión de incapacidad permanente total si se reconoce la absoluta

Una contribuyente consultó si debía declarar como rendimientos del trabajo la pensión de incapacidad permanente total (IPT) percibida en 2024, tras haberle reconocido el INSS la incapacidad permanente absoluta (IPA) con efectos retroactivos. La DGT responde que dicha cantidad está exenta y no debe declararse en 2024, y que para el ejercicio 2023 debe rectificar la autoliquidación.

La cuestión planteada

Cuestión planteada - Si debe incluir en su declaración de IRPF-2024 como rendimientos del trabajo, la cantidad que figura en el certificado de retenciones de 2024, y en sus datos fiscales, por el concepto de IPT.

El criterio de la DGT

Las prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez están exentas en el IRPF. Al reconocerse la incapacidad absoluta con efectos económicos desde noviembre de 2023, la exención alcanza también a los importes percibidos inicialmente como incapacidad permanente total. Por tanto, el importe de la IPT de enero de 2024 no debe incluirse como rendimiento del trabajo en la declaración de 2024. Para los importes de 2023 indebidamente percibidos, procede rectificar la autoliquidación de dicho ejercicio.

Implicaciones prácticas

  • Las cantidades percibidas bajo el concepto de IPT quedan exentas de IRPF si se reconoce la incapacidad absoluta con efectos retroactivos.
  • El contribuyente debe excluir los importes de la IPT de la base imponible de rendimientos del trabajo en la declaración correspondiente al año del reconocimiento.
  • La exención de la incapacidad absoluta tiene efectos sobre las prestaciones percibidas bajo el concepto de incapacidad total durante el periodo de retroactividad.

Puntos de planificación

  • Valorar la necesidad de rectificar declaraciones de ejercicios anteriores donde se incluyeron importes de IPT que ahora quedan exentos.
  • Analizar la fecha de efectos económicos de la nueva resolución de incapacidad para determinar el periodo de exención.

Checklist

  • Verificar la fecha de efectos económicos de la resolución de incapacidad absoluta.
  • Comprobar si los importes de la IPT han sido incluidos erróneamente como rendimientos del trabajo en el certificado de retenciones.
  • Identificar los ejercicios fiscales donde se percibieron importes de IPT con efectos retroactivos de la incapacidad absoluta.
  • Evaluar la necesidad de presentar declaraciones rectificativas conforme a la Ley General Tributaria.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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