La Ley 5/2025 establece un plazo de 3 meses para que las empresas con más de 10 trabajadores adapten su registro de jornada a formato electrónico. Si no lo hacen, podrán ser sancionadas con multas de hasta 7.500 euros por trabajador (art. 41). Este cambio busca modernizar el control de horas laborales y mejorar la transparencia administrativa.
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Las empresas con más de 10 trabajadores deben actualizar sus registros de jornada antes del vencimiento del plazo. Los asesores deben revisar los sistemas de gestión de horas y asegurarse de que cumplen con el nuevo formato. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero la transparencia en el registro de horas mejora. Las administraciones públicas obtienen mayor control y acceso a datos.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Adaptar el registro de jornada a formato electrónico | art. 41 | 3 meses desde la entrada en vigor |
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